La Asamblea Legislativa reforma la ley de divorcio (1792)

El 20 de septiembre de 1792, el Asamblea Legislativa, en su última sesión antes de disolverse, aprobó un decreto que convirtió el divorcio en un proceso civil más que religioso:

“La Asamblea Legislativa, habiendo decidido sobre esto con carácter de urgencia, decreta sobre las causas, la forma y las consecuencias del divorcio, como sigue…

Artículo 2. Un divorcio puede ocurrir a través del consentimiento mutuo de los cónyuges.

Artículo 3. Uno de los cónyuges puede tener un divorcio emitido por la simple alegación de incompatibilidad de temperamento o carácter.

Artículo 4. A cada uno de los cónyuges se le puede emitir igualmente el divorcio por motivos específicos, es decir:

a. la demencia, locura o violencia de uno de los cónyuges;

segundo. la condena de uno de ellos al castigo corporal o grave;

do. el crimen, la crueldad o la afrenta grave de uno hacia el otro;

re. la reconocida disolución de la moral;

mi. el abandono de la esposa por parte del esposo, o del esposo por parte de la esposa, por
al menos dos años;

F. la ausencia de uno de ellos, sin noticias, durante al menos cinco años ”.