Decreto por el que se establece el Tribunal Revolucionario (1918)

El día de Año Nuevo de 1918, el nuevo gobierno soviético emitió el siguiente decreto, estableciendo el Tribunal Revolucionario:

“El Tribunal Revolucionario tendrá jurisdicción en los casos de personas que:

- organizar levantamientos contra la autoridad del Gobierno de los Trabajadores y Campesinos, que se oponen activamente a este último o no lo obedecen, o que llaman a otras personas a oponerse o desobedecerlo;

- que se aprovechan de su condición de gobierno o servidores públicos para perturbar u obstaculizar el desarrollo regular del trabajo en las instituciones o empresas en las que están o han estado sirviendo (sabotaje, ocultación o destrucción de documentos o propiedad, etc.);

- que dejen o restrinjan la producción de artículos de uso general sin una necesidad real de hacerlo;

- que violen los decretos, órdenes, ordenanzas obligatorias y demás actos publicados de los órganos del Gobierno de los Trabajadores y Campesinos, si la violación de tales actos requiere un juicio por el Tribunal Revolucionario.

Al fijar la pena, el Tribunal Revolucionario se guiará por las circunstancias del caso y los dictados de la conciencia revolucionaria.

El Tribunal Revolucionario será elegido por los Soviets de Diputados Obreros, Soldados y Campesinos e incluirá un presidente permanente, dos suplentes permanentes, un secretario permanente y dos suplentes y 40 jurados. Todas las personas, excepto los jurados, son elegidas por tres meses ...

Una comisión investigadora compuesta por seis miembros…. se creará en el marco del Tribunal Revolucionario para la conducción de la investigación preliminar. Una vez recibida la información o denuncia, la comisión investigadora la examina y dentro de las 48 horas ordena el sobreseimiento del caso, si no encuentra que se ha cometido un delito, o lo traslada a la jurisdicción correspondiente, o lo lleva a juicio en la sesión del Tribunal Revolucionario.

Las órdenes de la comisión investigadora sobre arrestos, registros, incautaciones y liberaciones de personas detenidas son válidas si son emitidas conjuntamente por tres miembros. En los casos en que no se permita la demora, cualquier miembro de la comisión investigadora podrá emitir dichas órdenes individualmente, con la condición de que dentro de las doce horas la medida sea aprobada por la comisión investigadora.

La orden de la comisión investigadora la cumplen la Guardia Roja, la milicia, las tropas y los órganos ejecutivos de la República… Las sesiones del Tribunal Revolucionario son públicas…

Los veredictos del Tribunal Revolucionario son definitivos ”.

Camarada Steinberg
Comisario de Justicia del Pueblo