El dique en masa (1793)

La dique en masa fue el reclutamiento masivo de ciudadanos franceses para el servicio en la Guerra Revolucionaria. Fue emitido por la Convención Nacional en agosto 1793:

“1. Desde este momento hasta aquel en que el enemigo sea expulsado del suelo de la República, todos los franceses están en permanente requisa para el servicio de los ejércitos. Los jóvenes irán a la batalla; los casados ​​forjarán armas y transporte; las mujeres harán tiendas de campaña y ropa y servirán en los hospitales; los niños convertirán el lino viejo en pelusa; los ancianos se trasladarán a los lugares públicos para despertar el coraje de los guerreros y predicar el odio de los reyes y la unidad de la República.

2 Los edificios nacionales se convertirán en cuarteles, los lugares públicos en talleres de armas, el suelo de las bodegas se lavará para extraer el salitre.

3 Las armas del calibre reglamentario se reservarán exclusivamente para aquellos que marchen contra el enemigo; El servicio del interior se realizará con piezas de caza y brazos laterales.

4 Los caballos de silla de montar se solicitan para completar el cuerpo de caballería. Los caballos de tiro, que no sean los empleados en la agricultura, deberán transportar la artillería y las provisiones.

5. El Comité de Seguridad Pública está encargado de tomar todas las medidas necesarias para establecer sin demora una extraordinaria fabricación de armas de todo tipo que se corresponda con el ardor y la energía del pueblo francés. Se autoriza, por tanto, a constituir todos los establecimientos, fábricas, talleres y molinos que se estimen necesarios para el desarrollo de estas obras, así como a poner en requisa, en todo el territorio de la República, a los artistas y trabajadores que pueden contribuir a su éxito.

6 Los representantes de las personas enviadas para la ejecución de la presente ley tendrán la misma autoridad en sus respectivos distritos, actuando en concierto con el Comité de Seguridad Pública; están investidos de los poderes ilimitados asignados a los representantes del pueblo a los ejércitos.

7. Nadie podrá ser reemplazado en el servicio para el que haya sido requerido. Los funcionarios públicos [funcionarios] permanecerán en sus puestos ”.