La Convención Nacional crea un gobierno de emergencia (1793)

En octubre 10th 1793, el Convención Nacional aprobó el siguiente decreto, estableciendo un gobierno de emergencia y ampliando los poderes del Comité de seguridad pública:

"El Gobierno

1 El gobierno provisional de Francia es revolucionario hasta la paz.

2 El consejo ejecutivo provisional, los ministros, los generales y los órganos constituidos se someten a la vigilancia del Comité de Seguridad Pública, que rendirá cuentas al respecto semanalmente a la Convención.

3 El Consejo Ejecutivo Provisional tomará todas las medidas de seguridad, con la autorización del Comité, que rendirá cuentas al Convenio.

4 Las leyes revolucionarias deben ejecutarse rápidamente. El Gobierno se comunicará inmediatamente con los distritos sobre medidas de seguridad pública.

5 Los generales en jefe serán nombrados por la Convención Nacional por recomendación del Comité de Seguridad Pública.

6 Debido a que la inercia del gobierno es la causa de los reveses, se establece el tiempo permitido para la ejecución del decreto y de la medida de seguridad pública. Las violaciones de estos períodos de tiempo serán castigadas como un ataque a la libertad.

Consumibles

7 La tabla de producción de granos de cada distrito, compilada por el Comité de Seguridad Pública, se imprimirá y distribuirá a todos los miembros de la Convención, para que entre en vigencia sin demora.

8 Las necesidades de cada departamento serán evaluadas y garantizadas aproximadamente. Los suministros superfluos estarán sujetos a requisición.

9 La mesa de producción de la república se enviará a los representantes del pueblo, a los ministros de marina y del interior, y a los administradores de suministros. Solicitarán en los distritos asignados a ellos. París tendrá un distrito especial.

10 Las solicitudes para beneficio de los departamentos improductivos deben ser autorizadas y reguladas por el consejo ejecutivo provisional.

11 París se aprovisionará durante un año el 1st de marzo.

Seguridad general

12 La dirección y el empleo del ejército revolucionario se regularán de inmediato para reprimir a los contrarrevolucionarios. El Comité de Seguridad Pública presentará un plan para lograr esto.

13. El consejo enviará una guarnición a las ciudades donde hayan surgido movimientos contrarrevolucionarios. Las guarniciones serán pagadas y mantenidas por los ricos de estas ciudades hasta la paz ".