Extractos de la Ley de Ingresos (1767)

Estos extractos son de la Ley de Ingresos del parlamento británico, aprobada en 1767. Esta fue una de varias leyes que legislaron e implementaron los aranceles comerciales que se conocieron en Estados Unidos como los 'aranceles de Townshend'.

“Considerando que es conveniente que se recauden ingresos en los dominios de Su Majestad en América, para... sufragar los gastos de la administración de justicia y para el sostenimiento del gobierno civil, en aquellas provincias donde se considere necesario... y para ulteriores sufragar los gastos de defensa, protección y seguridad de dichos dominios; dispóngase que:

Se recaudarán, impondrán, cobrarán y pagarán a Su Majestad, sus herederos y sucesores, por y sobre los respectivos bienes mencionados a continuación ... importados de Gran Bretaña a cualquier colonia o plantación en América ... varias tasas y aranceles [sobre los] siguientes : [vidrio, plomo, colores de pintor, té y papel].

Y por la presente se promulga además... que dichas tasas y derechos, cobrados por esta ley sobre los bienes importados a cualquier colonia o plantación británica americana, se aplicarán, en primer lugar, de la manera que se menciona a continuación, para hacer una mayor provisión cierta y adecuada para el cargo de la administración de justicia y el apoyo del gobierno civil en dichas colonias y plantaciones... y que el resto de tales deberes se pagará en el recibo del tesoro de su majestad y se ingresará por separado y aparte de todos los demás dineros pagados o por pagar a su majestad, sus herederos o sucesores; y estará allí reservado, para que el parlamento lo disponga de vez en cuando para sufragar los gastos necesarios para defender, proteger y asegurar las colonias y plantaciones británicas en América.

Y mientras que para prevenir fraudes y regular abusos, en las costumbres de Su Majestad ... es lícito que cualquier funcionario de la aduana de Su Majestad, autorizado por mandato judicial bajo el sello del tribunal de Hacienda de Su Majestad, lleve a un alguacil u otro funcionario público que viva cerca al lugar, y durante el día entrar y entrar en cualquier casa, tienda, bodega, almacén o habitación u otro lugar, y, en caso de resistencia, romper puertas, baúles, baúles y otros paquetes allí, para incautar, y de allí traer, todo tipo de bienes o mercaderías prohibidas o desacostumbradas, y ponerlas y asegurarlas en el almacén de su majestad junto al lugar donde se hará dicha incautación, se promulga y se dictamina. por la autoridad antedicha ... "