John Adams sobre la necesidad de un Congreso bicameral (1776)

En un ensayo de 1776 de John Adams titulada Reflexiones sobre el gobierno, Adams defendió un Congreso bicameral, es decir, una asamblea compuesta por dos cámaras separadas:

“Como el buen gobierno es un imperio de leyes, ¿cómo se harán tus leyes? En una sociedad grande, que habita un país extenso, es imposible que toda la [población] se reúna para hacer leyes. El primer paso necesario, entonces, es delegar [delegar] el poder de la mayoría a unos pocos de los más sabios y buenos. Pero, ¿por qué reglas elegirán a sus representantes? ...

Al obtener una representación de las personas en una asamblea, surge una pregunta: si todos los poderes del gobierno, legislativos, ejecutivos y judiciales quedarán en este órgano. Creo que un pueblo no puede ser libre por mucho tiempo, ni nunca feliz [si su] gobierno está en una asamblea. Mis razones para esta opinión son las siguientes:

1. Una sola asamblea es responsable de todos los vicios, locuras y flaquezas de un individuo; sujeto a ataques de humor, arranques de pasión, vuelos de entusiasmo, parcialidades o prejuicios y, en consecuencia, productivo de resultados apresurados y juicios absurdos. Y todos estos errores deberían ser corregidos... por algún poder controlador.

2 Una sola asamblea es propensa a ser avariciosa [codiciosa] y con el tiempo no tendrá escrúpulos para eximirse de las cargas, que impondrá, sin reparo, a sus constituyentes.

3. Una sola asamblea puede volverse ambiciosa, y después de un tiempo no dudará en votar a sí misma perpetuamente [continuando indefinidamente] ...

4 Una asamblea representativa, aunque extremadamente bien calificada y absolutamente necesaria como rama de la legislatura, no es apta para ejercer el poder ejecutivo, por falta de dos propiedades esenciales: el secreto y el envío.

5. Una asamblea representativa está aún menos capacitada para el poder judicial, porque es demasiado numerosa, demasiado lenta y demasiado poco experta en las leyes.

6 Porque una sola asamblea, que posee todos los poderes del gobierno, haría leyes arbitrarias para su propio interés, ejecutaría todas las leyes arbitrariamente para su propio interés y juzgaría todas las controversias a su favor.

Que la asamblea representativa elija por votación, entre ellos mismos o sus electores, o ambos, una asamblea distinta [separada] que, para mayor claridad, llamaremos consejo. Puede estar formado por cualquier número que se desee, digamos veinte o treinta, y debe tener un ejercicio libre e independiente de su juicio –y una voz negativa en la legislatura. Estos dos órganos [deberían ser] parte integral de la legislatura”.