“Nosotros, los obedientes y amorosos súbditos de Su Majestad, los habitantes de Carolina del Sur, estamos sensiblemente afectados por el gran perjuicio hecho a Gran Bretaña, y la condición abyecta y miserable a la que las colonias británicas están reducidas por varias leyes del Parlamento ...
Parte del dinero que los colonos normalmente y alegremente gastan en la compra de todo tipo de bienes importados de Gran Bretaña ahora, para su gran agravio, se les arranca sin su consentimiento, o sin su representación y aplicación por parte del ministerio, en perjuicio de ellos. de, y sin tener en cuenta, el interés real de Gran Bretaña ...
Nosotros, cuyos nombres están suscritos, prometemos solemnemente, y estamos de acuerdo entre nosotros, que hasta que las colonias recuperen su libertad anterior por la derogación de dichas Actas, cumpliremos estrictamente lo siguiente:
1. Que fomentaremos y promoveremos el uso de las manufacturas norteamericanas en general y de esta provincia en particular. Y cualquiera de nosotros que somos proveedores de los mismos, se compromete a venderlos y deshacerse de ellos a las mismas tarifas que hasta ahora ...
2. Que bajo ningún pretexto... importaremos a esta provincia ninguna de las manufacturas de Gran Bretaña, ni ningún otro producto europeo o de las Indias Orientales, ya sea de Gran Bretaña, Holanda o cualquier otro lugar, excepto los que puedan haber sido enviado como consecuencia de pedidos anteriores...
3 Que usaremos la mayor economía en nuestras personas, caballos y muebles; particularmente, que no daremos luto, ni guantes, ni bufandas en los funerales.
4. Que desde y después del 1 de enero de 1770 no importaremos, compraremos ni venderemos ningún negro que sea traído a esta provincia desde África ...
5 Que no compraremos ni venderemos a ningún capitán de buques, personas transitorias o no suscriptoras, ningún tipo de bienes europeos o de las Indias Orientales, excepto carbón y sal, después del 1st día de noviembre próximo.
6 Que como los vinos están sujetos a un trabajo pesado, acordamos no importar ninguno en nuestra cuenta o comisión, ni comprar a ningún capitán de barco, persona transitoria o no suscriptor, después del 1st día de enero próximo.
7. Por último, que no compraremos ningún negro importado, o cualquier bien o mercancía de cualquier residente en esta provincia que se niegue o se niegue a firmar este acuerdo dentro de un mes a partir de la fecha del mismo ... Y todo suscriptor que no lo hará estrictamente y adherirse literalmente a este acuerdo, de acuerdo con la verdadera intención y significado del mismo, debe ser tratado con el mayor desprecio ".
Un pacto de no importación de Charlestown (1769)
En julio de 1769, un comité en Charlestown, Carolina del Sur, aprobó las siguientes resoluciones, comprometiéndose a defender la no importación de productos británicos en respuesta a la Deberes de Townshend: