El Pacto de Varsovia (1955)

El Pacto de Varsovia, formalmente titulado Tratado de Amistad, Cooperación y Asistencia Mutua, fue un importante Alianza de la guerra fría. Fue firmado por ocho naciones del bloque soviético (Albania, Bulgaria, Checoslovaquia, Alemania del Este, Hungría, Polonia, Rumania y la Unión Soviética) el 14 de mayo de 1955. La formación del Pacto de Varsovia fue provocada por la admisión de Alemania Occidental a la OTAN unos días antes. :

Las partes contratantes, reafirmando su deseo de establecer un sistema de seguridad colectiva europea basado en la participación de todos los Estados europeos, independientemente de sus sistemas sociales y políticos, que les permita unir sus esfuerzos para salvaguardar la paz de Europa;

Consciente, al mismo tiempo, de la situación creada en Europa por la ratificación de los acuerdos de París, que prevén la formación de un nuevo alineamiento militar en forma de "Unión Europea Occidental", con la participación de una Alemania Occidental remilitarizada y la la integración de este último en el bloque del Atlántico Norte, que incrementó el peligro de otra guerra y constituye una amenaza para la seguridad nacional de los estados pacíficos;

Convencidos de que, en estas circunstancias, los estados europeos pacíficos deben tomar las medidas necesarias para salvaguardar su seguridad y en interés de preservar la paz en Europa; guiado por los objetos y principios de la Carta de las Naciones Unidas;

Deseosos de promover y desarrollar aún más la amistad, la cooperación y la asistencia mutua de acuerdo con los principios de respeto a la independencia y soberanía de los Estados y de no injerencia en sus asuntos internos, han decidido concluir el presente Tratado de Amistad, Cooperación y Asistencia Mutua ...

Artículo uno

Las Partes Contratantes se comprometen, de conformidad con la Carta de la organización de las Naciones Unidas, a abstenerse en sus relaciones internacionales de la amenaza o el uso de la fuerza, y a resolver sus disputas internacionales de manera pacífica y de tal manera que no pongan en peligro la paz y la seguridad internacionales.

Artículo dos

Las Partes Contratantes declaran su disposición a participar con un espíritu de cooperación sincera en todas las acciones internacionales diseñadas para salvaguardar la paz y la seguridad internacionales, y dedicarán plenamente sus energías a lograr este objetivo. [Ellos] se esforzarán además por la adopción, de acuerdo con otros estados que deseen cooperar en esto, de medidas efectivas para la reducción universal de armamentos y la prohibición de armas atómicas, de hidrógeno y otras armas de destrucción masiva.

Artículo tres

Las Partes Contratantes se consultarán entre sí sobre todas las cuestiones internacionales importantes que afecten a sus intereses comunes, guiadas por el deseo de fortalecer la paz y la seguridad internacionales. Se consultarán de inmediato cuando, en opinión de cualquiera de ellos, haya surgido una amenaza de ataque armado contra una o más de las Partes en el Tratado, a fin de garantizar la defensa conjunta y el mantenimiento de la paz y la seguridad.

Artículo cuatro

En caso de ataque armado en Europa contra una o más de las Partes del Tratado por parte de cualquier Estado o grupo de Estados, cada una de las Partes del Tratado, en ejercicio de su derecho a la legítima defensa individual o colectiva de conformidad con El Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, inmediatamente, ya sea individualmente o de acuerdo con otras Partes del Tratado, acudirá en ayuda del Estado o de los Estados atacados, con todos los medios que estime necesarios, incluida la fuerza armada. Las Partes en el Tratado se consultarán inmediatamente sobre las medidas necesarias que deban tomar conjuntamente para restablecer y mantener la paz y la seguridad internacionales ...

Artículo cinco

Las Partes Contratantes han acordado establecer un Comando Conjunto de las fuerzas armadas que, de común acuerdo entre las Partes, será asignado al Comando, el cual funcionará sobre la base de principios establecidos conjuntamente. Asimismo, adoptarán otras medidas acordadas necesarias para fortalecer su poder defensivo, a fin de proteger las labores pacíficas de sus pueblos, garantizar la inviolabilidad de sus fronteras y territorios, y proporcionar defensa contra posibles agresiones.

Artículo sexto

A los efectos de las consultas entre las Partes previstas en el presente Tratado, y también a los efectos de examinar las cuestiones que puedan surgir en el funcionamiento del Tratado, se constituirá un Comité Consultivo Político, en el que cada una de las Partes del El Tratado estará representado por un miembro de su Gobierno o por otro representante designado específicamente ...

Artículo siete

Las Partes Contratantes se comprometen a no participar en coaliciones o alianzas y a no concluir ningún acuerdo cuyos objetos entren en conflicto con los objetos del presente Tratado. Las Partes Contratantes declaran que sus compromisos en virtud de los tratados internacionales vigentes no entran en conflicto con las disposiciones del presente Tratado.

Artículo ocho

Las Partes Contratantes declaran que actuarán con un espíritu de amistad y cooperación con miras a desarrollar y fomentar aún más las relaciones económicas y culturales entre ellas, respetando cada una el principio de respeto a la independencia y soberanía de los demás y la no injerencia. en sus asuntos internos.

Artículo nueve

El presente Tratado está abierto a la adhesión de otros Estados, independientemente de sus sistemas sociales y políticos, que expresen su disposición mediante la participación en el presente Tratado a ayudar a unir los esfuerzos de los Estados pacíficos para salvaguardar la paz y la seguridad de los pueblos ...

Hecho en Varsovia en mayo 14th 1955.